Lo que no sabías sobre los seguros de dependencia

Lo que no sabías sobre los seguros de dependencia

10/Ene/2019

En España hay más de un millón de personas dependientes. Lamentablemente, 1 de cada 3 no recibe ayudas públicas. Los seguros de dependencia pueden ser la solución: descúbrelos aquí.

¿Conoces la Ley de Dependencia?

La ley 39/06, de 14 de diciembre es la Ley de Promoción de la Autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia de España. Mediáticamente ha sido bautizada como la Ley de Dependencia.

La Ley de Dependencia reconoce y regula el derecho a la asistencia por parte de personas en situación de dependencia. Ello responde a una necesidad social evidente: el número de ciudadanos dependientes es cada vez mayor.

Son dependientes aquellas personas que sufren una disminución total o parcial de sus capacidades físicas o mentales (ya sea por enfermedad, minusvalía, vejez o accidente). Dicha situación les impide valerse por sí mismas, siendo necesaria la asistencia de terceros.

La Ley de Dependencia, aunque cargada de buenas intenciones, se quedó corta en cuanto a su ejecución práctica. Así, pese a su promulgación, las personas dependientes y sus familiares siguen afrontando estrecheces para pagar los servicios de los cuidadores.

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¿Qué tipos de dependencia hay?

Grado 1. Dependencia moderada

Cuando la persona dependiente precisa asistencia para realizar labores cotidianas una vez al día. También comprende el caso de que requiera apoyo limitado de su cuidador de forma esporádica.

Grado 2. Dependencia severa

Si la persona dependiente requiere ayuda dos o tres veces al día para llevar a cabo su vida, pero sin llegar a precisar apoyo total de su cuidador.

Grado 3. Gran dependencia

Cuando la persona dependiente precisa asistencia más de 3 veces al día para llevar a cabo sus actividades. Incluye todos los supuestos en los que se padece una pérdida total de autonomía que implica apoyo permanente de su cuidador.

Los seguros de dependencia: una valiosa ayuda cuando más la necesitas

Los seguros de dependencia son aquellos que ofrecen al asegurado una indemnización o prestaciones en el caso de que llegue a sufrir una situación de dependencia. Ello puede completar las ayudas concedidas por el Estado.

Cualquier persona puede sufrir una situación de dependencia, cualquiera que sea su edad. Así, todos podemos contratar un seguro de dependencia, siendo la edad ideal los 30 a 40 años (si tienes más de 50 te saldrá más caro).

Las prestaciones que otorga el seguro de dependencia son diversas: indemnización (en forma de pago único de renta periódica) o servicios (teleasistencia, cuidados domiciliarios, atención telefónica, etc.).

Dada la insuficiente cobertura pública que la Administración otorga a las personas dependientes, los seguros de dependencia suponen un gran aliado para los casos de no recibir prestación o de que esta sea escasa.

¿Cuáles son los requisitos del seguro de dependencia?

  1. La edad del asegurado no debe superar los límites máximos fijados por la aseguradora (generalmente no aseguran a mayores de 70 a 75 años). La edad tope para renovarlo suele ser de 85 años.
  2. La póliza deberá firmarse antes de que se haya producido la declaración de dependencia. Será necesario cumplimentar un formulario médico entregado por la aseguradora.
  3. Que no concurren causas que excluyen la responsabilidad de la aseguradora:
  • Cuándo la situación de dependencia aparece antes de que haya transcurrido el periodo de carencia (generalmente es de 1 año desde que se firmó la póliza).
  • Cuando concurran algunas de las limitaciones fijadas expresamente en la póliza (p. ej: que el siniestro sea consecuencia de la práctica de deportes de riesgo, del consumo de drogas, etc.).

¿Tiene ventajas fiscales el seguro de dependencia?

Suscribir un seguro de dependencia, además de evidentes beneficios para el asegurado, presenta ventajas fiscales.

El tratamiento fiscal del seguro de dependencia es el mismo que el del plan de pensiones. Es decir, que los pagos de la prima son desgravables en el IRPF. Ello es así aunque esté incluido en el seguro de vida.

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