El seguro de incendio es uno de los más convenientes dentro de la gama de seguros para el hogar. Los inmuebles son la parte más importante de nuestro patrimonio (vivienda habitual, empresa, etc.) y, desgraciadamente, el riesgo de incendio es más frecuente de lo que creemos (cortocircuitos, explosión de una bombona, dejarnos la sartén olvidada).
Un bien valioso y un riesgo frecuente son una mala combinación, ¿no crees? La mejor forma de cubrirnos en salud ante este tipo de incidentes es contratar un seguro de incendios que se adapte realmente a tus necesidades: ¡invierte en tranquilidad con la ayuda de Tu Seguro Sin Secretos! Solo tienes que acceder a nuestra área privada para descubrir todo lo que necesitas saber sobre este tipo de contratos, y así te ayudaremos a decidir cuál se adapta mejor a ti.
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¿Qué es un seguro de incendio?
Si tenemos un contrato de seguro de incendio y este tiene lugar, el asegurador nos indemnizará las pérdidas y daños materiales ocasionados por dicho infortunio en los bienes asegurados, conforme a los límites fijados en la ley y en la póliza del propio seguro.
Se entiende por incendio, conforme a la ley: “la combustión y el abrasamiento con llama, capaz de propagarse de un objeto u objetos que no estaban destinados a ser quemados, en el lugar y en el momento en que se produce”. Sin embargo, este concepto puede ser ensanchado por la póliza del seguro de incendios, con el fin de ampliar su cobertura.
¿Cuál es la cobertura de incendio?
Para saber si los daños causados por el fuego van a ser indemnizados por nuestra aseguradora es vital conocer - y entender - la póliza del seguro de incendios. Desde el área privada de Tu Seguro Sin Secretos te asesoramos de forma objetiva y profesional, para que contrates aquella que realmente te sea útil.
¿Qué tipo de incendios en el hogar cubre el seguro?, ¿Qué está excluido de la indemnización por incendio de vivienda?
Las pólizas del seguro de incendio cubren los daños causados no solo por la acción directa de las llamas, sino también por sus efectos colaterales (humo, hollín), que se ocasionen en el continente (inmueble asegurado) y -si así se establece- en el contenido (muebles). En el área privada de Tu Seguro Sin Secretos te ayudamos para que resuelvas todas esas dudas que asaltan a los clientes de los seguros de incendios:
- ¿Cubre la indemnización solamente los bienes del asegurado o se extiende también a los de otras personas que convivan con él, como familiares o trabajadores?
- ¿Se puede obtener indemnización por incendios causados de forma no fortuita?
- ¿Es imprescindible la existencia de llama para poder hablar de incendio indemnizable, o se puede extender a otros fenómenos como sobrecalentamiento o autocombustión?
- ¿Qué pasa con los incendios que se provocan en lugares habilitados para tal fin, como las chimeneas? ¿Pueden quedar cubiertos por la indemnización?
Los gastos cubiertos por la indemnización del seguro de incendio son:
- A nivel básico: los daños causados con el fin de impedir o extinguir el incendio (bomberos), los gastos ocasionados después de que haya sucedido el incendio (desescombro), los desperfectos ocasionados en los bienes puestos a salvo y el precio de los bienes desaparecidos a causa del incendio, así como el de todos aquellos que se hayan incluido en la póliza del seguro contra incendio.
- Si así lo establece la póliza del seguro contra incendio: el alojamiento provisional del asegurado (mientras se reconstruye su casa o busca otra), reconstrucción del jardín, gastos realizados por el asegurado para trasladar los bienes asegurados para ponerlos a salvo, etc.
Como ves, cuando hablamos de seguros de incendios existen un montón de configuraciones distintas… Y es que no hay dos pólizas iguales. Ante tal amplitud de posibilidades, no te compliques la vida y visita el área privada de Tu Seguro Sin Secretos, desde donde te asesoraremos sobre qué seguro de incendios es el que más te conviene.
¿Qué hacer después de un incendio en casa?
Antes de realizar cualquier tipo de reparación, debes comunicarlo tanto a la aseguradora como al perito, con el fin de que estos lo incluyan en la valoración de los daños, a efectos de su posterior indemnización.
- En cuanto al continente: si la vivienda ha quedado completamente destruida por el fuego, el propietario puede optar entre: cobrar la póliza o reconstruir el inmueble (hasta el límite establecido por su contrato).
- Respecto al contenido: la indemnización equivale, salvo estipulación en contrario, al valor de mercado que tuvieran los objetos en el momento del siniestro.
Recuerda que en el área privada de Tu Seguro Sin Secretos te ayudamos con todos los trámites para que reclames correctamente tu indemnización a la compañía de seguros. Asimismo, si tu aseguradora se hace la remolona a la hora de pagarte, nosotros nos encargamos de asistirte a fin de que puedas cobrar lo que te corresponde.
¿Es obligatorio el seguro de incendios?
Muchos clientes me preguntan si, al contratar una hipoteca en el banco, están obligados a suscribir un seguro de incendios. Vamos por partes
- Ciertamente, la Ley de Regulación del Mercado Hipotecario exige contratar una póliza de seguro de incendios al suscribir una hipoteca con una entidad financiera. Ello es razonable, ya que, a partir de la firma del préstamo, nuestros riesgos inmobiliarios pasan a ser también los riesgos del banco. Fuera de tales casos, no existe obligación de contratar este tipo de seguros.
- No es obligatorio contratarlo con el banco, aunque este puede “convencernos” con diferentes condiciones de nuestro préstamo.
Tenlo claro: si contratas una hipoteca, el banco puede obligarte a suscribir un contrato de seguro de incendios, sí, pero las condiciones del mismo y la aseguradora las puedes fijar tú. Cuenta con el área privada de Tu Seguro Sin Secretos para conseguir la póliza del seguro de incendios perfecta para ti.